Pintarla de colores, dejarla encerrada en el auto, criarla en la terraza o el balcón. Quien le haga eso a su mascota o cometa otro acto que demuestre falta de cuidado con el animal podrá ser sancionado con fuertes multas y hasta días de trabajo comunitario. Eso si se aprueba un proyecto que presentó el oficialismo la semana pasada en la Legislatura porteña. Hasta ahora no existe una legislación específica de la Ciudad contra el maltrato hacia las mascotas.
La iniciativa, impulsada por el legislador Daniel Presti (Vamos Juntos), incorpora al Código Contravencional porteño un capítulo dedicado al “Cuidado y Protección de los animales domésticos” para cubrir vacíos legales en relación a los perros y gatos que se tienen como mascotas. El texto ya ingresó a la Comisión de Justicia y se espera que en los próximos días se exponga en Comisión de Asesores, para ser tratado en breve en el recinto.
Las multas irían de 300 hasta 2.000 unidades fijas (UF). Dado que cada unidad fija está a $ 21,40 -el valor de medio litro de nafta- las infracciones oscilarían entre los $ 6.420 y los $ 42.800. O bien, si la conducta no implica delito, se sancionará con entre tres y cinco días de trabajo comunitario.
Así es como quien no tome recaudos en el cuidado de un animal doméstico a cargo podrá ser sancionado con días de trabajo comunitario o con la obligación de pagar de $ 6.420 a $ 21.400. La multa por abandonarlo, en tanto, oscila entre los $ 21.400 y los $ 42.800. Quien tenga a su mascota en instalaciones inadecuadas, que afecten su salud, higiene o esparcimiento, deberá desembolsar de $ 10.700 a $ 21.400 si le corresponde multa.
Por último, en su artículo final se menciona la conducta que terminó siendo el puntapié inicial de la creación del proyecto: menoscabar la integridad de un animal doméstico, “ya sea por pintarlo, teñirle el pelo o cualquier otro acto que pueda provocar un perjuicio para su salud”. Esa acción podrá ser sancionada con la obligación de abonar entre $ 6.420 y $ 21.400.
En el proyecto, se considera animal doméstico al que “por sus características evolutivas y de comportamiento pueda convivir con el ser humano en un ambiente doméstico, recibiendo de su tenedor atención, protección, alimento y cuidados sanitarios”. Cualquier persona que atente contra la integridad del animal -sea su responsable, cuidador pago o vecino- podrá ser sancionado por esas conductas.
Hay que entender que cualquier persona que opte por tener un animal doméstico o de compañía asume la responsabilidad de alimentarlo, cuidarlo y brindarle un hogar en condiciones”, resalta Presti.
Planes de cambio, también a nivel nacional
La ley nacional 14.346 de protección animal, en tanto, data de 1954. Castiga con entre 15 días y un año de prisión a los que someten a malos tratos o actos de crueldad a los animales, pero deja afuera muchas otras conductas injustas contra ellos. El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, sancionado en 2015, no mostró avances en ese sentido: en él, los animales siguen teniendo el estatus de objetos.
En el Congreso también se discuten modificaciones legales contra el maltrato animal. La semana pasada arrancó el debate para modificar la ley 14.346, de 1954. Son 14 proyectos que proponen penas más graves contra quienes maltraten animales, las cuales hoy oscilan entre apenas un mes y un año de prisión.