La Legislatura porteña aprobó este jueves una ley que prohíbe la exhibición de animales en las vidrieras de las veterinarias y acuarios, y propone, en cambio, que las mascotas destinadas a la venta estén dentro de los locales. Ahora, los comercios tendrán 12 meses para adecuarse.
La iniciativa, presentada por el diputado Maximiliano Ferraro, de Vamos Juntos, quien tomó un proyecto similar del ex legislador Adrián Camps, recibió 50 votos positivos y solo 2 abstenciones del bloque de Autodeterminación y Libertad.
En un principio, el proyecto apuntaba a la prohibición de la venta y exhibición de los animales en las tiendas comerciales como veterinarias y acuarios, pero el debate parlamentario determinó solamente el impedimento de que las mascotas estén expuestas en las vidrieras que dan al exterior de los locales.
“Las vidrieras son uno de los medios más importantes con los que cuenta un comerciante para generar el deseo de compra en los productos exhibidos. En el caso de los animales, la compra impulsiva y/o compulsiva se estimula mediante su exhibición como así también la compra compasiva con la intención de ‘sacarlo de la jaula’ debido a que les apena ver un cachorro encerrado, deseoso de jugar y moverse, necesitado de afecto y cariño”, sostiene el texto.
Y remarca: “Los animales exhibidos en vidrieras sufren de mayor estrés por estar expuestos a interactuar con personas que golpean los cristales, se mueven, les hablan, etc. Las condiciones de habitabilidad dentro de las tiendas de mascotas dependerán de la consideración que cada vendedor tenga en cuanto a, por ejemplo, la superficie, la protección del sol y las posibilidades de ventilación. Existe una tendencia legislativa mundial hacia la individualización y el reconocimiento de los derechos de los animales en su condición de seres vivos dotados de sensibilidad psíquica y física”.
No obstante, habilita que los locales muestren a las mascotas en el interior del comercio «debiendo tomar los recaudos necesarios para que no fueren directamente visibles desde el exterior, y en todos los casos asegurando buenas condiciones de sanidad, alimentación, higiene y ventilación».
En cuanto al castigo por violar esta ley, se determinó que quien “exhiba animales vivos destinados a la venta será sancionado/a con multa de trescientas (300) a mil (1000) unidades fijas y/o decomiso de las cosas y/o clausura del establecimiento”.
Desde febrero pasado, la unidad fija es de $21,40, por lo que en este caso la sanción económica irá de los $6.420 hasta los $21.400.
De esta manera, la Ciudad de Buenos Aires se suma a Mar del Plata, Mendoza, Santa Fe y Córdoba, que ya habían establecido la prohibición de exhibir animales para su comercialización.